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domingo, 12 de octubre de 2014

MEMES. Tu y yo luchando por la derogatoria


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viernes, 10 de octubre de 2014

DERECHOS CERCENADOSEl derecho de ser madre estudiante

LA CUNA. SER MADRE ESTUDIANTE SERÁ IMPOSIBLE CON LA NUEVA LEY UNIVERSITARIA

Se tienen referencias que la actual cuna tiene sus orígenes en 1987 cuando trabajadores no docentes la improvisaron en una de sus casas, pero que luego se consiguió que la universidad asumiera su financiamiento y administración, tal como la conocemos hoy. 

De ese tiempo a hoy ha pasado mucho, sin embargo, el derecho a la cuna se ha convertido en un vía crucis para muchos molineros. Pasa regularmente que las vacantes no son suficientes y las que existen se obtienen por favores. Hemos acogido varias denuncias al respecto pero, aunque la corrupción es un problema, lo más importante es contar con mayor presupuesto para aumentar las vacantes, el número de personal, la mejora de las instalaciones, así como para sacarla del despiadado sistema de generación de Recursos Directamente Recaudados que atrofia los fines de la cuna.


Debemos entender que la cuna es un instrumento para garantizar tanto el derecho fundamental al trabajo de empleados y docentes (que de otro modo tendrían que renunciar), así como el derecho fundamental a la educación de los estudiantes (que tendrían que dejar la universidad). 


Por ello, es necesario luchar por mayor presupuesto, así como entender que esta lucha no puede ser ajena a la actual coyuntura. La nueva Ley 30220 plantea que cada universidad brinda el Bienestar Universitario “en la medida de sus posibilidades y cuando el caso lo amerite”, y que “atienden con preferencia la necesidad de libros, materiales de estudio y otros…” (Artículo 126). Es decir, contrapone la necesidad académica con la necesidad de alimentos, salud, etc., para que finalmente digamos que “como venimos a estudiar, tenemos que priorizar lo académico por sobre lo demás.”


Concluimos entonces que el derecho a la cuna no puede desligarse de la actual coyuntura, y que esta exige la derogatoria de la actual Ley la cual no pretende garantizar nuestro derecho fundamental a la educación ni asumir las necesidades derivadas de esta, sino más bien convertirla en fuente de lucro. Es decir, barrer derechos fundamentales y los principios democráticos de la universidad pública.

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jueves, 9 de octubre de 2014

LINEA UNIVERSITARIA. Dos frentes por la defensa de la universidad

Se aprobó la nueva ley universitaria e inician las asambleas estatutarias que verán el nuevo marco legal que definirá el destino de las futuras generaciones y la universidad pública. Pero entonces ¿Qué hacer?


La actual ley universitaria se da en un contexto económico mundial y nacional específico. Si bien la crisis económica mundial ha terminado, la recuperación de nuestra economía es lenta. Para salir de ello, el estado y el gobierno vienen implementando una serie de paquetes económicos que no buscan más que aumentar la tasa de ganancias de las clases dominantes a costa de la depredación de los recursos naturales y el cercenamiento de derechos fundamentales. 

En el campo universitario, la Ley 30220 profundiza la privatización no solo de la universidad pública sino del sistema universitario. Así, es un instrumento para desenvolver un plan económico que permitirá concentrar mayores capitales en quienes desde los 90 han venido lucrando con la educación. Pero como saben que tales medidas harán que los estudiantes reaccionen, incorpora un plan político de represión. 


Ante ello ¿Qué planteamos? Pues seguir desenmascarando la Ley y participar en las asambleas estatutarias para en lo posible neutralizar sus artículos más dañinos. Pero como cada lucha local requiere contar condiciones nacionales favorables, conformar un frente nacional que luche por la derogatoria, la defensa de la universidad y sus principios democráticos.


Fundamentos para la derogatoria


La nueva ley mutila los principios democráticos conquistados por la reforma universitaria de 1920. Esto es: 


Viola la autonomía porque sujeta a la universidad a los gobiernos de turno vía la superintendencia (art. 12), además que permite el ingreso de la PNP.


Atenta contra la libertad de cátedra y la libre expresión de los docentes y estudiantes al plantear que estos deben obedecer al “principio de autoridad” (art. 99), además que propicia la persecución de estudiantes al buscar sancionarlos y expulsarlos por el simple hecho de desaprobar un solo curso (art. 99 y 101) o incurrir en “difamación”.
Niega las legítimas conquistas que se puedan lograr en la universidad al decir que “son nulos y carecen de validez los acuerdos que las autoridades… adopten sometidos a actos                    de violencia física o moral” (art. 10.1).


Profundiza la privatización de la educación porque ratifica el lucro, tanto por defender la existencia de las universidades con fines de lucro, como por mantener los Recursos Directamente Recaudados (art. 110). Pero también mediante el establecimiento de los llamados convenios público privados (art. 49, 51, 116.4), que no son más que mecanismos para poner la infraestructura de la universidad y el dinero público al servicio de las privadas. Esto ya viene dándose (la agraria mantiene convenios con la USIL) y se expresó con mayor claridad con el alquiler de salones a la USIL).


El cuento de la calidad, la lucha contra la corrupción y el voto universal


Sobre la calidad, concluimos que esta depende fundamentalmente de mayor presupuesto, cuestión que en ninguna parte se menciona (6% del PBI según el Acuerdo Nacional). Sin embargo, ni con mayor presupuesto estaríamos a favor de la acreditación porque en primer lugar es un instrumento para sujetarnos a políticas externas. Pero también porque, si bien era un instrumento para barrer con las universidades “chicha”, apuntaba (y apunta aun. Leer art. 30) más a eliminar facultades y universidades públicas ¿A dónde iban a parar estos estudiantes sin universidad, a la U Pacífico o Católica? Pues sin dudas a las con fines de lucro tipo Cesar Vallejo y Alas Peruanas.


Sobre la corrupción partimos de que es un fenómeno inherente al sistema, de ahí que centrar en su lucha es atacar las consecuencias y no las causas que la genera. Aun así, la actual ley no lucha sino más bien refuerza la corrupción. Por ejemplo mediante la Comisión Permanente de Fiscalización quien tiene la atribución de “guardar confidencialidad bajo responsabilidad” (art. 77). Pero principalmente porque mantiene el requisito de antigüedad para poder ser autoridad, protegiendo así las actuales mafias.


Finalmente, el voto universal no es más que una maquillada forma de mantener los privilegios de las mafias de docentes, quienes, como en los inicios del capitalismo donde los votos de la clase dominante valían el doble del de un ciudadano cualquiera, hoy el de estos pesa el triple que el de los estudiantes, negándose así que seamos ciudadanos con iguales derechos y deberes, sino de segunda categoría. Ni qué decir de los trabajadores a quienes no se les reconoce como estamento.


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NUESTRA PALABRA. ¿QUE HACER FRENTE A LA NUEVA LEY?

UNA NUEVA COYUNTURA QUE PONDRA A PRUEBA A LA JUVENTUD.
 


Retomamos nuestro boletín físico en medio de una trascendental coyuntura para la universidad peruana. Con un tiraje de dos millares, buscamos trascender las fronteras de nuestra universidad para buscar movilizar al resto de universidades. No es fácil pero es una necesidad que tenemos que asumir consecuentemente porque en juego está la defensa de la universidad peruana.

Y ¿Qué entendemos por ello? Defensa de los principios democráticos, lucha por su subsistencia y desarrollo (mayor presupuesto) y unión con los sectores populares. Pero también la necesidad de avanzar en la unificación de los tres estamentos.


En la agraria tenemos experiencia al respecto. Por una parte, se ha luchado junto a los docentes para conquistar la homologación. Asimismo, con los trabajadores luchamos por el respeto de las 8 horas (los miembros de seguridad trabajaban 12). 


La actual coyuntura exige más, y la unidad con los sectores que estén por la defensa de la universidad, es una obligación. Tocará entonces reflotar a los distintos frentes como la Macroregional Sur y la Coordinadora Interuniversitaria de Estudiantes de Lima, para en el proceso también democratizar la FEP desde sus bases, y hacer que defienda los verdaderos intereses estudiantiles y de la universidad peruana.


Atrevámonos entonces a cargar con todo el peso de la presente coyuntura, el peso de ser quienes serán recordados por lo que pudo ser o no.

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ARTICULATE. LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y PENSAMIENTO

Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículos 18 y 19) vs. Ley 30220


“Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.”
Ley universitaria 30220:


Artículo 100.4: “Tener la posibilidad de expresar libremente sus ideas, sin que pueda ser sancionado por causa de las mismas.”
Tener la posibilidad no es lo mismo que poder expresarse libremente ¿De quién dependerá?


100.6: “Ejercer el derecho de asociación, para fines vinculados con los de la universidad.”
Esto implica limitar a tales fines el derecho a pinar, pensar y organizarse.

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